Despido Por Inasistencia

¿Cuántos días seguidos puedo faltar al trabajo sin justificar?

Un trabajador podrá ser despedido si incurre en una falta o inasistencia injustificada durante dos
días seguidos, tres días en el mes (completos) o dos lunes en el mes.

¿Qué significa falta o inasistencia injustificada?

Estas son las ausencias que no se han podido acreditar como justificadas. Ahora bien, la
justificación puede acreditarse con cualquier medio de prueba donde lo más común es la licencia
médica pero también pueden usarse certificados de atención médica, e incluso testimonios o
testigos que avalen el estado de salud del empleado, u otras pruebas que demuestren al
empleador que no se pudo concurrir a trabajar.


Lo señalado recientemente, puedes encontrarlo en su fuente legal en el articulo 160 N° 3 del
Código del Trabajo el cual señala “El contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización
alguna cuando el empleador le ponga término invocando una o más de las siguientes causales: 3.-
No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos
lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo; asimismo, la falta
injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena
o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la
obra.”

Veamos algunos ejemplos para su mejor comprensión:

Ejemplo N° 1 despido por inasistencia

Joaquín es trabajador de la empresa Construcciones&martillo Ltda y falto a su trabajo 2 días
seguidos el jueves 25 y viernes 26 de enero de 2024, sin embargo, este aviso mediante correo
electrónico de la empresa que se sentía enfermo y que concurriría al CESFAM mas cercano,
acompañando al día siguiente un certificado de atención del respectivo consultorio.
-En este caso, podríamos decir que al avisar formalmente por el mail de la empresa y acompañar
certificado de atención del consultorio, no se configuraría la causal de despido de faltar dos días
seguidos injustificadamente. (posiblemente a Joaquín le descontaran los dos días)
-En este mismo caso, si Joaquín no hubiera avisado por mail o no hubiera presentado el certificado
de atención médica, se configuraría la causal de inasistencia de dos días seguidos injustificados.

Ejemplo N°2 despido por inasistencia

Marcos es trabajador de la empresa Consultores/Expertos SPA y falto a su trabajo 3 días en el mes,
esto es, miércoles 17, jueves 25 y lunes 29 de enero de 2024, no obstante, este aviso por teléfono
a su jefatura el primer día, no aviso el segundo día y el tercer día envió un mail explicando que
tenía un malestar estomacal.
-En este caso debemos entender que al menos justifico uno de sus días (el primer día), luego
existe una justificación simple del tercer día y ninguna justificación para el segundo día. En este
contexto, no se configuraría la causal de faltar 3 días en un mes injustificadamente.

-En este mismo caso, si Marcos no hubiera hablado con su jefatura o no hubiera mandado el mail
explicando su malestar, seguramente le hubieran aplicado la causal de despido de falta 3 días
injustificadamente.
-Ahora bien, si Marcos hubiera faltado 3 días en el mes, esto es, miércoles 17, jueves 25 y lunes 29
de enero de 2024, y uno de ellos se encontraba con licencia médica, tampoco se configuraría la
causal de faltar 3 días en un mes injustificadamente.

Ejemplo N° 3 despido por inasistencia

Rodrigo es trabajador de la empresa Cecinasureñas SPA y falto a su trabajo 2 lunes en el mes, esto
es, lunes 15 y 22 de enero de 2024, no obstante, el primer día este aviso por mensaje de texto que
iría al medico por un fuerte dolor de garganta, enviando una foto por celular sobre su atención.
Enseguida, el siguiente lunes le Rodrigo llamo y aviso que tenia una emergencia familiar en su
hogar.
-En este caso, la causal no se configuraría toda vez que, Rodrigo justifico correctamente al menos
un día de los dos lunes.
-En este mismo caso, Rodrigo podría haber tenido dos emergencias familiares los dos lunes
señalados y posiblemente si hubiera avisado por teléfono tendríamos que dejar a criterio del
empleador si considera que estas emergencias laborales son causas justificadas para aplicar la
causal.

Es importante recordar que, esta causal de despido es muy casuística y pueden existir muchos
ejemplos y variadas justificaciones y formas de hacerlo, sin embargo, hay dos cosas que debes
tener presente para que puedas defenderte en tribunales de la aplicación de esta causal; La
primera: que debes avisar de tu falta a tu empleador de forma inmediata por los conductos
regulares de la empresa y no por intermedio de amigos u otros trabajadores y segundo: debes
tener una causa legitima y comprobable para haber faltado a tus labores
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